El Estado español pide al Tribunal Supremo que permita a Oriol Junqueras ser eurodiputado y pida a la Eurocámara que le suspenda la inmunidad. También que solicite a la mayor brevedad a la Eurocámara la suspensión de la inmunidad del exvicepresidente catalán
El Político
Un guiño a Oriol Junqueras y otro al Tribunal Supremo. El escrito presentado este lunes en el alto tribunal por la Abogacía del Estado contempla la salida de prisión del líder de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) tanto para acudir a la Junta Electoral Central (JEC) como al Parlamento Europeo a cumplir con los trámites necesarios para tomar posesión de su escaño como eurodiputado. También, que el Supremo busque la fórmula para que Junqueras pueda ejercer ese cargo mientras mantiene la inmunidad.
Pero la Abogacía insta a la Sala de lo Penal, además, a pedir a la Eurocámara que levante ese blindaje y no propone, como reclama ERC, que se le deje mientras tanto en libertad, sino que salga “con las medidas de aseguramiento previstas” y regrese luego a prisión.
El escrito de la Abogacía responde a la petición formulada por el Supremo a las acusaciones de la causa del procés y a la defensa de Junqueras tras conocer la sentencia del tribunal de Luxemburgo que dictaminó que el líder de ERC gozaba de inmunidad desde que fue elegido eurodiputado.
En el informe enviado al alto tribunal, los servicios jurídicos del Estado asumen que esa sentencia ha dibujado un nuevo escenario, por lo que solicitan al Supremo que respete la inmunidad de Junqueras como eurodiputado, pero sin poner en cuestión la sentencia del procés, por la que el líder de ERC fue condenado a 13 años de cárcel por sedición y malversación.
La representación del Estado considera que “cabría permitir” tanto el desplazamiento de Junqueras a la Junta Electoral Central como a la sede del Parlamento Europeo. Además, pide al Supremo que haga posible al exvicepresidente catalán el ejercicio de su función como europarlamentario mientras se mantenga este estatus, en aplicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 19 de diciembre.
Es decir, según este órgano, el Supremo debería permitir la salida de Junqueras de prisión no solo para completar los trámites formales para tomar posesión de su escaño, sino también para ejercer el cargo. La Abogacía reclama, no obstante, al tribunal que adopte "las medidas de aseguramiento" que considere más adecuadas para garantizar la labor parlamentaria de Junqueras sin poner en riesgo el cumplimiento de la sentencia del procés. Una sentencia, añade el escrito, que se dictó “con estricta observancia de las normas esenciales del procedimiento penal”, por lo que la Abogacía le da "total validez".
Estatus temporal
Los servicios jurídicos del Estado cuentan con que el estatus de Junqueras como europarlamentario sea una situación temporal, mientras la Eurocámara tramita la suspensión de su inmunidad. Una suspensión que la Abogacía pide al Supremo que solicite "a la mayor brevedad" al Parlamento Europeo, en aplicación del procedimiento que estableció el TJUE en su sentencia del 19 de diciembre.
La Abogacía recuerda que el alto tribunal, en varias de sus resoluciones, ha admitido que Junqueras podría seguir ostentando algún tipo de inmunidad si así se lo reconociera el TJUE. La propia Sala, en un escrito enviado a Luxemburgo el 14 de octubre, el día que notificó la sentencia del procés, aceptó la eficacia de la resolución que tenía pendiente dictar el tribunal europeo, aunque el exvicepresidente catalán hubiera pasado de la condición de preso preventivo a la de penado.
Tras estudiar la sentencia europea, la Abogacía ha llegado a la conclusión de que Junqueras sigue gozando de inmunidad como eurodiputado ya que, hasta el momento, la Junta Electoral Central, el órgano competente para dirimir todas las cuestiones relacionadas con la proclamación de candidatos a las elecciones europeas, no se ha pronunciado sobre la incompatibilidad de su condena con su condición de parlamentario europeo electo.
La decisión de qué efecto tiene sobre la situación de Junqueras la sentencia del TJUE la tiene que tomar el Supremo, pero la representación del Estado advierte de que la sentencia europea da varias claves. Para la Abogacía, esos efectos no deben limitarse a permitir al eurodiputado desplazarse al Parlamento Europeo para tomar posesión de su cargo, sino que la inmunidad reconocida tiene como finalidad expresa que los miembros de esa Cámara “puedan dar cumplimiento a su misión”, según el artículo 343 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) que invoca Luxemburgo.
La Abogacía deja en manos del Supremo cómo se hace posible que Junqueras desempeñe esa misión, que no se circunscribe únicamente a ese desplazamiento, sino que implica “el desempeño de su función representativa en tanto mantenga su estatus parlamentario”.
Una larga resolución
El informe de 16 folios de extensión, firmado por la abogada del Estado en el procés Rosa María Seoane, se insta al tribunal a que no se anule el mandato de Junqueras hasta que haya un pronunciamiento del Parlamento Europeo o de la Junta Electoral sobre el condenado.
Seoane defiende que corresponde a la Junta Electoral Central (JEC) declarar la incompatibilidad de Oriol Junqueras para cargo público tras haber recibido condena. "Hasta el momento, no consta que por esa Junta se haya declarado la incompatibilidad de Junqueras, ni tampoco la sustitución del mismo por otro representante de su candidatura electoral o la comunicación de esa circunstancia al Parlamento Europeo. No constando la expresa declaración de la incompatibilidad y de la anulación del mandato, Oriol Junqueras, sigue hasta que no se produzca dicha declaración por la JEC, ostentando las inmunidades previstas en el artículo 9 del Protocolo" de inmunidades de los europarlamentarios.
Según la abogada del Estado, es el Supremo el que debe decidir la forma en la que se haga posible que Junqueras desempeñe esa misión, que no se circunscribe únicamente a ese desplazamiento, sino que implica "el desempeño de su función representativa en tanto mantenga su estatus parlamentario".
Otro de los ‘gestos’ del servicio jurídico del Ejecutivo con el dirigente independentista es que pide que se mantenga suspendida la pena de inhabilitación absoluta del líder de Esquerra hasta que la Eurocámara proceda a suspender su inmunidad.
La clave de la investidura
Este informe se ha convertido en una pieza clave de la investidura de Pedro Sánchez, ya que ERC, cuya abstención es imprescindible en la vía que ha escogido el líder socialista para ser elegido, exigía un ‘gesto’ de la Abogacía con Junqueras. Esta institución, que se ha visto sometida a fuertes presiones, no es autónoma y depende jerárquicamente del Gobierno.
Por su parte, la Fiscalía ha interpretado de forma muy diferente la sentencia de la UE. Nada más conocerse el fallo de Luxemburgo, en su escrito de alegaciones al Supremo, pidió que Junqueras siga en prisión y se comunique al Parlamento Europeo que el líder de ERC no está sujeto ya a medida cautelar alguna, objeto de la sentencia europea, sino condenado en firme por el grave delito de sedición.
Con todo, la Abogacía no pide la nulidad de la sentencia del 1-O, como sí ha hecho Junqueras y reclamaba ERC, sino que da "total validez" a las condenas del Supremo "al haberse dictado con estricta observancia de las normas esenciales del procedimiento penal".
Falta ahora por saber si a ERC le basta este pronunciamiento de la Fiscalía para dar su visto bueno a la investidura de Sánchez. Esta tarde el partido reúne a su Ejecutiva, aunque no tiene previsto analizar el acuerdo con el PSOE hasta finales de esta semana.
Haber situado a una institución del Estado como la Abogacía en el centro de una negociación política, como es una investidura, ha generado una amplia polémica y propició que este domingo la asociación de abogados del Estado emitiera un comunicado rechazando las presiones. La tensión ha llegado al seno de la propia institución, que ha apurado los plazos para emitir su informe.
(Con información de El País y El Mundo de España)