El Tribunal Superior de Bogotá ordenó la programación de un debate entre los candidatos Rodolfo Hernández y Gustavo Petro.
El Político
El ambiente electoral en Colombia se torna cada vez más interesante. Ahora los contendores por la silla de la Casa de Nariño se tienen que enfrentar en un debate.
Si Rodolfo Hernández y Gustavo Petro acatan la decisión judicial que los pone en un debate cara a cara, antes de que termine el jueves, se les verá discutir sus ideas en un canal público vinculado al Sistema de Medios Públicos – RTVC.
El Tribunal Superior de Bogotá aceptó una tutela que pedía que los candidatos a la Presidencia comentaran sus propuestas en un debate.
Petición que fue concedida y por ende la Sala Civil dictó que acuerden para acudir al RTVC de Colombia.
Desde que trascendió en medios el sentido de la sentencia, en redes sociales se empezó a comentar qué pasaría si uno de los dos aspirantes a la Casa de Nariño no acata la decisión de ir al debate.
Rodolfo Hernández y Gustavo Petro deben asistir a un debate en menos de 48 horashttps://t.co/X530lZQCYF pic.twitter.com/XxokY4ybo0
— El Espectador (@elespectador) June 15, 2022
En especial se ha apuntado a Rodolfo Hernández, ingeniero que desde hace varios días aseguró que no va a volver a debates, rechazando las invitaciones de varios medios que lo han llamado. Por su parte, el líder del Pacto Histórico ya dijo que sí asistirá.
Es así como se desprendió qué implicaciones vendrían si Hernández mantiene su palabra, y si Petro a última hora llegase a cambiar de opinión. Es decir, si no discuten juntos sus ideas.
Una opinión experta
De acuerdo al abogado constitucionalista, Esteban Manco, si eso llega a pasar, se podría incurrir en un incidente de desacato. Este llevaría a los dos políticos a ser sancionados, hasta con un arresto.
Según él, ambos “tienen la posibilidad de ser arrestados hasta por seis meses y ser multados hasta con 20 salarios mínimos mensuales vigentes”.
Una corte ordena a Gustavo Petro y Rodolfo Hernández asistir a un debate presidencial https://t.co/pzcWxodJnq pic.twitter.com/pQdCi6rV2h
— Contrapunto (@contrapuntovzla) June 15, 2022
Esto no daría para una privación de la libertad en una cárcel, sino que podría presentarse el escenario por el que el presidente Iván Duque pasó hace unos días, al no haber acatado una orden judicial del Tribunal Superior de Ibagué.
En concreto, al jefe de Estado le ordenaron cinco días de arresto domiciliario por desacatar medidas para proteger el Parque de los Nevados. Esa figura es la que se les aplicaría a los hoy candidatos.
En el caso de Hernández, quien ya está en etapa de juicio por el caso Vitalogic, este ya cuenta con antecedentes por no acatar lo que ordena la justicia.
El más reciente se remite al Juzgado 16 Civil Municipal de Bucaramanga, el cual le ordenó cinco días de arresto y una multa de cinco millones de pesos.
Justicia colombiana ordena un debate entre Petro y Hernández
El Tribunal Superior de Bogotá aceptó una acción de tutela presentada por un grupo de ciudadanos y ordenó que se organice un debate en las próximas 48 horas. Petro y Hernández se negaban a debatir. /pw#ColombiaDecide pic.twitter.com/Ln6vtqnoIb
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El caso escalaría
Pero la cosa va más allá. Aunque Hernández y Petro pueden apelar la decisión del Tribunal, esta tiene que acatarse en los términos ya compartidos. Y de acuerdo al abogado Esteban Manco, lo que vendría es que el eventual recurso que se interponga escale ante la Sala Civil de la Corte Suprema. En esa instancia seguiría una revisión, para saber si la medida se ajustó al ordenamiento jurídico.
Voluntad política: la clave
Siguiendo lo dicho por Manco, realizar el debate que viene con orden judicial depende en la práctica de la voluntad política.
Y es que de acuerdo a los tiempos, pese a que se esté solo a un día de la fecha para la que se ordenó, si existiere voluntad se podría dar una discusión que a su juicio permite el intercambio de ideas.
Por último, con base en lo que determine la Corte Suprema —dado el caso de que escale—, al ser una tutela podría llegar incluso hasta la Corte Constitucional, la cual determinaría si en efecto, con no ir a debates en una etapa como estas, se estarían vulnerando derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política de 1991.