El Tribunal Constitucional en España derogó varios artículos de la Ley Catalana de horarios comerciales en el 2012 por violar la legislación estatal. Así mismo, dicho Tribunal pondrá límites de jornada a comunidades autónomas, como lo establecía la normativa promovida por el Gobierno de Mariano Rajoy".
Marianhe Araque/ El Político
Sobre el artículo 1.2.a), que dispone que los establecimientos comerciales no pueden permanecer abiertos, ni realizar ninguna actividad de venta entre las 22.00 horas y las 7.00 horas y que los días 24 y 31 de diciembre deben adelantar su horario de cierre a las 20.00 horas, el TC considera que este precepto contradice la norma estatal.
"Frente a la libertad otorgada por la base estatal, la norma autonómica impone límites al horario diario de apertura de los establecimientos comerciales", argumenta el alto tribunal.
Con información de ABC de España