La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un proyecto de resolución en el que se establece como constitucional la reubicación en áreas administrativas a los maestros que reprueben la evaluación docente después de tres intentos.
Rafael Rodríguez / El Político
La discusión de esta medida está programada para el 10 de agosto. La propuesta la realizó el ministro José Ramón Cossío Díaz y se propone confirmar una sentencia de amparo dictada por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Puebla, en un juicio promovido por 17 integrantes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE).
El documento explica que los maestros puedes ser removidos de su área pero podrán conservar su plaza dentro del magisterio, lo que supone una diferencia entre una sanción administrativa, que puede implicar la separación del cargo, y la revocación del mandato, que implica un cese de funciones.
“Las sanciones administrativas son la consecuencia jurídica de la acción u omisión previstas por ley, a las cuales se hacen acreedores quienes desempeñen un servicio público por infringir una norma prohibitiva, y constituyen una vertiente de la potestad punitiva del Estado”, explica el proyecto.
El ministro Cossío Díaz explicó que la prueba obligatoria para los maestros no implica una sanción administrativa porque es solo el cumplimiento de una condición para permanecer en el cargo.
Aunque los integrantes de la CNTE que promovieron la revisión alegaron que la revocación del mandato por reprobar la evaluación violenta su garantía de audiencia y el principio de irretroactividad de la ley en perjuicio de la persona, el ministro defiende el examen porque, para él, garantiza la educación de calidad y la idoneidad de quienes imparten clases.
“La evaluación tiene el carácter de obligatorio para los sujetos de la ley, toda vez que a través de ésta se desarrollan los propósitos establecidos para el Servicio Profesional Docente, como son los establecidos en el artículo 13 de la normativa reglamentaria, entre los cuales destacan el mejorar la calidad de la educación y la práctica profesional; asegurar la idoneidad de los conocimientos y capacidades del personal y estimular el reconocimiento de las labores mediante opciones de desarrollo profesional”, establece el documento publicado en las listas de la SCJN.
Con información de El Informador