El Tribunal Supremo de Juasticia de Venezuela publicó a través de su cuenta oficial de Twitter un fallo en el que indica que no es necesario realizarun referendum consultivo para convocar una Asamblea Nacional Constituyente; sentencia convocada por el presidente Nicolás Maduro.
Redacción El Político
En la decisión número 378, la sala indica que el presidente Nicolás Maduro "ejerce indirectamente y por vía de representación la soberanía popular", al igual que los otros órganos del poder público que pueden convocar una Constituyente: la Asamblea Nacional y los concejos municipales de en cabildo.
Asimismo estableció que la única excepción de iniciativa popular de convocatoria es la del 15% de los electores inscritos en el Registro Civil y Electoral.
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"De tal manera que el artículo 347 de la Carta Magna define que es en el pueblo, como titular de la soberanía, en quien reside el poder constituyente originario. Sin embargo, el artículo 348 precisa que la iniciativa para ejercer la convocatoria constituyente le corresponde, entre otros, al presidente de la República en Consejo de Ministros", dijo el TSJ en nota de prensa.
Desde el primero de mayo el presidente Maduro llamó a la activación de una Asamblea Nacional Constituyente, políticos de oposición, simpatizantes del chavismo y expertos en derecho han dicho que es necesario llamar a un referéndum antes de la convocatoria, para conocer si la población está dispuesta a que se lleve a cabo. Pero ni siquiera las bases comiciales fueron consultadas.
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Una de las personas que rechazó la Constituyente fue la fiscal general, Luisa Ortega Díaz, quien ahora es acusada por el chavismo de traidora. "Lejos de coadyuvar a la ansiada reconciliación nacional, generaría un alto grado de incertidumbre habida cuenta del riesgo y desconfianza que se produciría", indicó la representante del Ministerio Público en una carta.
Con información de El Nacional
Iniciativa para ejercer la convocatoria constituyente le corresponde al Presidente en Consejo de Ministros https://t.co/M6DxjFps64 pic.twitter.com/SXEQ7nRBBE
— TSJ Venezuela (@TSJ_Venezuela) May 31, 2017