El pleno de la Asamblea Nacional ecuatoriana analizó en primer debate el proyecto de Ley para la Aplicación de la consulta Popular, efectuada el 19 de febrero de 2017, que determina que ningún funcionario público o dignatario de elección popular debe tener bienes o capitales en países considerados paraísos fiscales.
Uno de los cambios incorporados al proyecto el día de hoy enviado por el Ejecutivo el 13 de marzo de 2017, se aplicó al artículo 1 respecto al ámbito de aplicación, es decir que la ley se aplique para las personas que ostenten una dignidad de elección popular o ejerzan un cargo de servidor público.
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Según el asambleísta Mauro Andino, presidente de la Comisión de Justicia que preparó el informe, entre 5 a 7 billones de dólares se ocultan en paraísos fiscales, a escala mundial, y que el 22% de la riqueza de América Latina está en paraísos fiscales.
Se prevé, además, que el objeto de la prohibición de la norma es la tenencia de bienes o capitales, de cualquier naturaleza, en paraísos fiscales, tal como reza la pregunta formulada en la consulta.
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Se incluye un artículo para que el Servicio de Rentas Internas (SRI) sea el responsable de emitir la lista de países o jurisdicciones consideradas como paraísos fiscales.
La Contraloría tendrá la competencia de verificar el cumplimiento de la normativa y todas las entidades públicas y privadas deberán entregar información cuando la institución lo requiera, en el marco de una auditoría o examen especial; se encargará se solicitar a la autoridad competente, la destitución del servidor público infractor, caso contrario lo podrá hacer la máxima autoridad de la Contraloría en un plazo de 10 días.
Con información de: Ecuavisa