El reconocimiento de derechos a los trabajadores no asalariados y beneficios como pensiones o guarderías están previstos en el proyecto de Constitución para la Ciudad de México.
Según el artículo 15 del documento, titulado Ciudad Productiva, los vendedores ambulantes y los sexoservidores están considerados como trabajadores no asalariados.
En el caso de los vendedores fijos y semifijos tienen derecho a desempeñar sus actividades y oficios en los espacios públicos de la ciudad, así como a condiciones sanitarias y de seguridad en donde se les deje operar.
Además, deberán contar con servicios de educación y cuidado para sus hijos en instalaciones cercanas a los lugares donde trabajen y tienen derecho a la certeza jurídica y a la no represión.
También, se propone que las autoridades de la ciudad, en el ámbito de sus competencias, reconozcan y protejan el trabajo sexual voluntario y autónomo como una actividad lícita.
Incluso, en la iniciativa se plantea crear un fondo de pensiones y prestaciones para los trabajadores pertenecientes a este sector.
El proyecto de Carta de Derechos de la Ciudad de México en la que trabajará la Asamblea Constituyente los próximos meses, plantea el reconocimiento de derechos a los trabajadores no asalariados y les brinda beneficios, como un sistema de pensiones o hasta guarderías.
“Las personas trabajadoras no asalariadas, autónomas o por cuenta propia que prestan un servicio o venden un producto de manera ocasional o eventual a otra persona física, familias, hogares o personas morales, sin que se establezca una relación de subordinación, tienen derecho a realizar un trabajo digno y a percibir un ingreso de acuerdo a las condiciones mínimas reconocidas por esta Constitución”, se lee en el artículo 15 del documento, titulado Ciudad Productiva.
De acuerdo con el planteamiento, a los empleados informales se les deben certificar sus capacidades laborales, pueden asociarse para defender sus intereses y recibir capacitación para mejorar el desempeño en su ocupación y la calidad de los servicios que prestan.
LEA MÁS: Congreso mexicano llega a “acuerdo de caballeros” para evitar disputas
En el caso específico de los prestadores de servicios y vendedores fijos y semifijos tienen derecho a desempeñar sus actividades y oficios en los espacios públicos de la ciudad, así como a condiciones sanitarias y de seguridad adecuadas en los espacios públicos donde se les permita operar.
Además, deberán contar con servicios de educación y cuidado para sus hijas e hijos en instalaciones cercanas a los lugares donde se les permita operar y tienen derecho a la certeza jurídica, la seguridad física y la no represión.
En el mismo apartado se propone que las autoridades de la ciudad, en el ámbito de sus competencias, reconozcan y protejan el trabajo sexual voluntario y autónomo como una actividad lícita.
Incluso se plantea crear un fondo de pensiones y prestaciones para los pertenecientes a este sector, a fin de contar con recursos que les brinden acceso a la protección social, de acuerdo con un esquema flexible, en concordancia con sus necesidades.
Especifica que este fondo se deberá integrar mediante convenios y con las aportaciones de las personas beneficiarias, conforme a lo que determine la ley de la materia.
Asimismo, se prevé protección a las personas consumidoras y usuarias para disponer de bienes y servicios de calidad, así como a una información precisa sobre sus contenidos y características.
Estos tienen derecho a obtenerlos en la calidad adecuada y a la reparación del daño que puedan sufrir al hacer uso de los mismos.
La iniciativa de Constitución también contempla beneficios para los empleados formales de la Ciudad de México.
En principio, reconoce el derecho al aumento de sus ingresos reales y busca establecer mecanismos legales administrativos para el acceso a un salario vital suficiente que satisfaga las necesidades de sus familias.
La propuesta prevé que la jornada máxima semanal sea de 40 horas para los trabajadores asalariados, con el fin de que se “disfrute de la vida, el tiempo libre, la recreación, el descanso, la cultura y la educación”.
En el artículo 15 se establece una licencia por maternidad de hasta seis meses con goce de sueldo, además de un permiso por paternidad mínimo de un mes con el objetivo de “atender a los hijos recién nacidos o al inicio de una adopción”. Agrega que esta licencia podría ser mayor en caso de tener un hijo con discapacidad.
Entre las responsabilidades de las autoridades capitalinas establece que fomentarán la recuperación histórica del salario mínimo.
También se destaca que la Ciudad de México tutelará por el derecho humano al trabajo; y que toda persona que
desempeña una ocupación temporal o permanente, asalariada o no, a ejercer un trabajo digno.
Con información de El Excelsior