Dos de las tres diligencias fiscales abiertas en estos momentos pueden afectar a las hijas o nietos de Juan Carlos I que no cuentan con esta especial protección.
El Político
Cuando el 29 de diciembre de 2011 Iñaki Urdangarin pasó a convertirse en el primer miembro de la familia del Rey en ser imputado en un procedimiento judicial, quedó en evidencia que la especial protección de la que goza el jefe del Estado tiene un recorrido limitado.
Dos años después, en 2013, la infanta Cristina pasó también a ser investigada por tres delitos en el marco del caso Nóos. Fue finalmente absuelta de todos ellos, a diferencia de su marido, que continúa a día de hoy cumpliendo pena de prisión en la cárcel de Brieva, reportó El Confidencial.
Inviolabilidad no es para todos los miembros de la familia real
Y es que la inviolabilidad y el aforamiento no alcanzan a todos los miembros de la familia de Juan Carlos I. Ni las infantas ni sus respectivos hijos o cónyuges gozan de ninguno de los dos y, por tanto, están expuestos a procedimientos ordinarios en función del avance de las diligencias que mantiene abiertas la Fiscalía y que, al menos en uno de los casos, ya afectan a los hijos y nietos del monarca.
En la investigación sobre los pagos que durante años realizó un empresario mexicano a través de un testaferro, figuran abonos destinados a beneficiar a algunos de ellos. Un ejemplo es el pago de la compra y el mantenimiento de la yegua de competición de la que disfruta la hija de la infanta Elena, Victoria Federica, avanzada por este diario.
El aforamiento, no protege a hijas y nietos de Juan Carlos I
Tras la abdicación, la Ley Orgánica 4/2014 sirvió para modificar y extender el aforamiento del que disponían algunos miembros de la familia.
Desde entonces, son las salas de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Supremo quienes se ocupan de enjuiciar e instruir todas las acciones que se presenten no solo contra el Rey sino también "la Reina consorte, la Princesa o Príncipe de Asturias y su consorte, así como contra el Rey o Reina que hubiere abdicado y su consorte".
Es decir, de todos los miembros de la familia del Rey, son aforados Juan Carlos I y la reina emérita Sofía, Felipe VI y la reina Letizia, y la princesa de Asturias. Ninguno más.
El aforamiento, en cualquier caso, no protege a los que lo disfrutan en caso de que afronten responsabilidades penales o civiles sino que determina que el tribunal competente para ello es el Supremo y no otro.
La inviolabilidad, por su parte, aparece recogida en el artículo 56 de la Constitución: "La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad". Es una prerrogativa personal del monarca en aplicación de la cual este no está sujeto a responsabilidad penal ni de cualquier otro tipo, sea cual sea el delito que cometa. Se extingue tras su abdicación o su muerte de modo que, en el caso del emérito, dejó de protegerle desde que se hizo efectiva su abdicación el 18 de junio de 2014.
El deber de declarar
La Ley de Enjuiciamiento Criminal también recoge cómo deben afrontan los familiares del Rey una hipotética declaración judicial. El Rey, la Reina y sus cónyuges y la princesa de Asturias quedan exentos de este deber, pero no así el resto de miembros.
Los demás no tienen obligación de comparecer pero sí de declarar, "pudiendo hacerlo por escrito", indica el artículo 411.
Las diligencias abiertas en este momento son fiscales y no judiciales, de modo que, a su término, el departamento que dirige Dolores Delgado tendrá que decidir si las archiva o si presenta denuncia. La situación procesal de cada afectado determinará así si el asunto es asumido por el Supremo o por un tribunal ordinario.
El alto tribunal, del que dependerían tanto la instrucción como el enjuiciamiento, puede decidir, eso sí, que la presencia de un aforado arrastra a quienes no lo están por congruencia de la causa.
En manos de la Fiscalía
Las tres líneas de investigación se encuentran en manos de un grupo de miembros de la Fiscalía. En el equipo que dirige el jefe del área penal del Ministerio Público en el alto tribunal, Juan Ignacio Campos, se integran tres fiscales del Supremo especialistas en derecho penal económico —Paloma Iglesias Moreno, José Antonio del Cerro Esteban y Juan Carlos López Coig— y la jefa de la Unidad Especializada de Cooperación Penal Internacional de la Fiscalía General del Estado, Rosa Ana Morán, en atención "a las implicaciones internacionales de la investigación".
Ahora se sumó el jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón.
La primera de ellas, vinculada con el AVE a La Meca, se acerca a un próximo archivo al considerar el equipo fiscal que los hechos, pese a ser evidentemente irregulares, quedan amparados por la inviolabilidad del monarca, como avanzó El Confidencial. Solo afecta a Juan Carlos I.
En riesgo de exposición judicial para otros de sus familiares se encuentra la segunda de ellas, en estado muy avanzado y que estudia si el emérito pudo cometer delitos fiscales y de blanqueo por percibir abonos del millonario mexicano Allen Sanginés-Krause, todo ello a través de un coronel retirado que supuestamente fue colocado a modo de testaferro.
Ni los pagos ni el disfrute de los fondos fueron declarados por el monarca ni el resto de los supuestos beneficiarios, entre los que podría haber otros miembros de la familia real, a lo que se suma que los hechos investigados se produjeron en 2015, 2016, 2017 y 2018, cuando ya no gozaba de inviolabilidad. Los fiscales deben también determinar si hay indicios de comisión de otros delitos, como el cohecho.
También se investiga una tercera línea que parte de una alerta enviada por el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac). En ella se rastrean la existencia de 10 millones de origen desconocido depositados en el paraíso fiscal de la isla de Jersey. El capital experimentó movimientos de fondos recientemente. Se desconoce por el momento si Juan Carlos I fue el único beneficiario o si la cuestión también afecta a otros de sus hijos o nietos.