EL tribunal de la Corte de la Haya se declaró competente para conocer la solicitud presentada por la República Cooperativa de Guyana sobre la validez del Laudo Arbitral de 1899.
El Político
La Corte Internaqcional de Justicia propin{o una severa derrota a la diplomacia venezolana al declararse competente para para juzgar la validez del laudo arbitral de 1899 que estableció la frontera entre Guyana y Venezuela.
El alto tribunal de la ONU decidió, por doce votos a cuatro, que tiene jurisdicción para analizar “la validez del laudo arbitral de 3 de octubre de 1899 y la cuestión sobre el asentamiento definitivo de la frontera terrestre”, dijo el juez presidente de la CIJ, Abdulqawi Ahmed Yusuf, en la lectura pública de la sentencia.
La decisión supone una derrota diplomática para Venezuela, que rechazó participar en las vistas orales previas y ha defendido en todo momento que la disputa se resuelva de manera bilateral.
La cuestión fronteriza se remonta a principios del siglo XIX, y tiene como elemento central un laudo arbitral que estableció la frontera entre ambos países y que Venezuela nunca aceptó, al considerar que los jueces fueron parciales y el proceso estuvo viciado.
Solo hasta el Acuerdo de Ginebra
De Igual modo la CIJ declara que no tiene jurisdicción para conocer las solicitudes de la República Cooperativa de Guyana sobre los acontecimientos ocurridos después de la firma del Acuerdo de Ginebra.
Con lo cual admite que tiene competencia sobre la disputa territorial entre Venezuela y Guyana por la región del Esequibo, pero sólo hasta la fecha en la cual se firmó el Acuerdo de Ginebra, pero no tiene jurisdicción sobre hechos ocurrido después de esa fecha.
El Acuerdo de Ginebra, es un tratado vigente firmado en Ginebra, Suiza, el 17 de febrero de 1966, por Venezuela por una parte, y el Reino Unido. Para la fecha Guyana Británica era una colonia próxima a recibir la independencia.
En el acuerdo se detallan los pasos a seguir para la resolución de la controversia limítrofe-territorial sobre la Guyana Esequiba surgida de la contención venezolana ante la ONU, en 1962. Para Venezuela al el Laudo Arbitral de París de 1899 que emitió el Tribunal Arbitral de París es nulo e írrito (inexistente).
No proceden alegatos tras el Acuerdo de Ginebra
En el documento publicado en la Página oficial de la Corte se expresa:
"La Corte llega a la conclusión de que las alegaciones de Guyana relativas a la validez de
la sentencia de 1899 relativa a la frontera entre la Guayana Británica y Venezuela, así como la
cuestión conexa de la solución definitiva de la disputa fronteriza terrestre entre la Guyana y Venezuela entran en el tema central de la diferencia que las Partes han acordado resolver Artículo I a IV del Acuerdo de Ginebra, en particular el Mecanismo de los artículos I a IV del Acuerdo de Ginebra, párrafo 2 del artículo IV y que, por lo tanto, es competente para conocerlo".
Negociación lenta y sin resultados
El Reino Unido y Venezuela firmaron en 1966, el Acuerdo de Ginebra, pero las negociaciones se extendieron durante más de dos décadas sin resultados.
La ONU intervino en 1990 y comenzó una diligencia de “buenos oficios” que se prolongó en 2016 y que “no condujo a la solución de la controversia”, dijo el juez Yusuf.
El secretario general de la ONU, Antonio Guterres, recomendó en 2018 que el que el caso se resolviese en la CIJ, razón por la cual Guyana le pidió al tribunal que se declarase competente.
Revés para Caracas
Venezuela no se presentó a las vistas orales precedentes a la decisión de hoy, pero Caracas argumentó a través de su Ministerio de Exteriores que nunca ha dado su consentimiento a que el asunto se resuelva en la CIJ.
Sin embargo, el juez Yusuf dijo que en el Acuerdo de Ginebra consta que ambos países “confirieron al Secretario General de la ONU la autoridad para elegir, a través de una decisión vinculante, los métodos para la solución de su controversia”, y que entre los medios a su alcance estaba recurrir al tribunal con sede en La Haya.
Por otro lado, los jueces rechazaron de forma unánime que la CIJ tenga competencia para juzgar “reclamaciones de Guyana derivadas de hechos ocurridos después del acuerdo de Ginebra”, es decir, después de 1966.
Largo camino por delante
Una decisión final sobre la disputa podría alargarse varios años y su aplicación dependerá de la voluntad de los Estados, pues la CIJ no dispone de los medios para hacer cumplir sus sentencias.
La región del Esequibo, bajo soberanía de Georgetown actualmente, abarca un área de casi 160.000 kilómetros cuadrados, lo que supondría unas tres cuartas partes del territorio de Guyana.
La polémica se ha agudizado en los últimos años después de que la compañía estadounidense Exxon Mobil descubriera, en 2015, yacimientos de petróleo en las aguas adyacentes a la zona en litigio.
Actualmente, la petrolera tiene oficinas en Guyana y negocia las condiciones para la extracción de los recursos.
En los mapas venezolanos, la región aparece como una parte más del país bolivariano, aunque en ocasiones se muestra como territorio en reclamación.
El Gobierno de Nicolás Maduro emitió en 2015 un decreto presidencial con una orden administrativa de defensa del país, con una demarcación que incluía como propias todas las aguas del Atlántico frente a la costa de Esequibo.
Fuente: Corte Penal Internacional