La justicia salvadoreña se quedará "sin posibilidad" de procesar a los expresidentes Alfredo Cristiani y Armando Calderón Sol, si se les descubren indicios de enriquecimiento ilícito, porque los delitos habrían prescrito, indicó hoy una fuente oficial.
En el caso de que la Sección de Probidad de la Corte Suprema tenga sospechas de delitos, "no se tiene ninguna posibilidad de ejercer ninguna acción" penal o civil, dijo el jefe de ese cuerpo, Carlos Pineda, en declaraciones difundidas por el medio estatal Transparencia Activa.
Detalló que los resultados de las indagaciones administrativas contra Cristiani (1989-1994) y Sol (1994-1999) serían "simplemente a efecto de certificar el resultado de la investigación a la unidad de extinción de dominio de la Fiscalía".
El magistrado de la Corte Suprema Leonardo Ramírez Murcia indicó a Efe en noviembre que pese a que la probable "responsabilidad penal ya prescribió", los investigados pueden afrontar un proceso civil que lleve a la expropiación de los bienes cuestionados.
La Corte Suprema fue la que ordenó a la sección de Probidad iniciar las investigaciones contra Cristiani y Sol, y 16 de sus colaboradores.
Pineda detalló, según la información difundida, que las investigaciones se encuentran en una etapa de verificación de las declaraciones patrimoniales de los expresidentes de cuando iniciaron y terminaron sus mandatos, e "identificando movimientos bancarios" de los mismos.
Alfredo Cristiani y Armando Calderón Sol fueron los primeros en llegar al poder bajo la bandera de la derechista Alianza Republicana Nacionalista (Arena).
Según Transparencia Activa, los exmandatarios incrementaron sus patrimonios en un 167 % y un 11 %, respectivamente, durante sus gestiones.
Estas investigaciones se suman a las de los expresidentes Elías Antonio Saca (2004-2009), también de Arena, y Mauricio Funes (2009-2014), quienes ya afrontan un juicio civil por enriquecimiento ilícito en más de 700.000 y 4.000.000 dólares, respectivamente.
Dichos procesos se han derivado de sendas investigaciones de la Sección de Probidad del Supremo.
Con información de EFE