Aunque el nuevo Código de Policía entró en vigencia hace tan solo dos semanas, a la Corte Constitucional ya ha llegado una avalancha de demandas contra esa ley que regula el comportamiento ciudadano y las normas de convivencia.
El alto tribunal ha recibido a la fecha 55 demandas. De todos esos recursos, 20 han sido archivados porque no se corrigieron a tiempo en su argumentación, y 15 ya fueron admitidos para que la Corte Constitucional decida si tumba o no las normas cuestionadas. Las otras 20 demandas aún están en etapa de revisión preliminar.
Una de las normas que ha generado más polémica es la que reglamenta el “derecho a reunión” o las manifestaciones públicas.
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En uno de los procesos, seis ciudadanos aseguran que el nuevo código dejó en manos del Ejecutivo la reglamentación de las aglomeraciones, algo que solo podía hacer el Congreso, “pues únicamente la ley puede establecer las restricciones” a ese derecho.
Además afirman que con el código se obliga a avisar a las autoridades administrativas sobre el sitio de la aglomeración. Esto, a su juicio, termina reglamentando el derecho fundamental a la reunión, lo que debió hacerse por una ley estatutaria y no ordinaria, que fue con la que se tramitó el código.
Esa misma opinión es acompañada en otra demanda por Dejusticia. Esta ONG dice que “el deber del aviso previo a las autoridades sobre las reuniones y manifestaciones públicas desconoce la esencia disruptiva de la protesta social, salvo en los casos en los que la reunión implique el uso temporal de vías públicas”.
Otra norma polémica es la que les permite a los alcaldes dictar mandamientos escritos para registrar domicilios, por lo que, en ciertos casos, ya no se necesitará una orden judicial para que la Policía entre a una vivienda.
Los seis ciudadanos demandantes aseguran que en esos hechos, la fuerza policial podría vulnerar la inviolabilidad del domicilio. “Permitir a una autoridad pública administrativa que en ejercicio de su función de policía emita órdenes de registro de domicilios, aunque revistan fines legítimos, suprime garantías constitucionales al debido proceso y la reserva judicial”, aseguran.
Con información de El Tiempo