Aunque manteniendo algunas objeciones, la ONG estadounidense Human Rights Watch catalogó el nuevo pacto alcanzado con las Farc como un ¨mejor acuerdo¨ que podría abrir la puerta a un modelo de justicia en el que se garanticen los derechos de las víctimas y se imparta castigo adecuado a los responsables.
La posición de HRW es muy relevante, pues se trata de una de las voces que más cuestionó el primer acuerdo alcanzado con la guerrilla, al que incluso llamó una ¨piñata de impunidad¨.
La nueva posición de HRW fue plasmada en una carta de siete páginas enviada el martes al presidente Juan Manuel Santos y que fue conocida por este diario. (Esta es la carta completa enviada por HRW al presidente Juan Manuel Santos)
¨Quisiera, en primer lugar, felicitarlo por haber logrado este acuerdo de paz. Valoramos con entusiasmo los esfuerzos de su gobierno para poner fin a este largo y sangriento conflicto que le ha causado tanto sufrimiento al pueblo colombiano¨, dice en la carta José Miguel Vivanco, director para las Américas de esta ONG.
Vivanco arranca la misiva recordando cómo HRW había expresado serias dudas frente al pacto original pues, según ellos, habrían permitido que criminales de guerra confesos eludieran cualquier castigo efectivo por sus delitos.
Tras la derrota en el plebiscito el pasado 2 de octubre, la ONG ofreció una serie de recomendaciones, particularmente en el capítulo sobre justicia y participación política.
En la carta, y tras describir el nuevo texto como ¨alentador¨, la ONG aclara que si bien no se han resuelto completamente las deficiencias, ¨contiene lenguaje que permitiría corregir mucho más fácilmente al menos dos de las disposiciones más problemáticas. Dichas precisiones podrían llevarse a cabo a través de legislación de implementación o por parte de la Corte Constitucional¨.
La primera se refiere al principio de ¨responsabilidad de mando¨. Según HRW la redacción anterior habría permitido que comandantes del Ejército y de las Farc eludieran la responsabilidad por crímenes cometidos por sus subalternos.
Eso por dos razones fundamentales. En primer lugar porque el texto parecía exigir a las autoridades judiciales demostrar que los comandantes tenían control efectivo sobre el crimen cometido por sus subordinados. Y en segundo lugar porque el acuerdo sugería que eran las autoridades judiciales las que debían demostrar que el comandante conocía de los delitos y no simplemente que ¨debían saberlo¨ dada sus responsabilidades, como lo establece el derecho internacional.
Ambas definiciones, de acuerdo con HRW, eran muy ¨restrictivas¨ y hubiesen permitido a muchos eludir la culpa porque en ocasiones es extremadamente difícil probar que un comandante efectivamente conocía los delitos cometidos por sus subordinados.
En el texto de la carta, HRW dice que la primera de las objeciones se resolvió con el nuevo acuerdo pero aún persisten dudas sobre lo segundo.
¨Tal como S.E. señaló en su discurso del 15 de noviembre, el nuevo acuerdo incluye disposiciones que deberían resolver el primero de estos problemas. En efecto, el acuerdo estipula que el requisito de “control efectivo” para establecer la responsabilidad del mando es el mismo que el del artículo 28 del Estatuto de Roma —el cual, conforme ha sido aclarado por la Corte Penal Internacional, no exige demostrar control sobre la conducta delictiva en cuestión, sino la capacidad de prevenir o reprimir la comisión de esa conducta o, una vez que el crimen ha ocurrido, de poner la cuestión en conocimiento de las autoridades competentes¨, dice Vivanco en la carta.
Pero frente a lo segundo, HRW sostiene que en el nuevo pacto no se aclara cuál es el estándar que se aplicará en materia de conocimiento, pues no contiene disposiciones sobre el tema.
En lugar de dejar esta cuestión sujeta a interpretación, dice Vivanco, ¨instamos a que impulse en la legislación de implementación una disposición que establezca de manera explícita que todos los requisitos de la responsabilidad del mando en el acuerdo serán los mismos que los estipulados en el artículo 28 del Estatuto de Roma.¨
La ONG también reconoce que el nuevo acuerdo contempla mejoras a la hora de definir qué tipo de castigo recibirán los miembros de las Farc y cómo se restringirá su libertad.
En el anterior, sostienen, las restricciones eran tan vagas que había motivos para creer que recibirían penas que no reflejaran la gravedad de sus crímenes.
Destacan, por ejemplo, que la misión de la ONU en Colombia y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos verificarán el cumplimiento de las sanciones y que estas serán monitoreadas por un mecanismo de verificación de la Jurisdicción Especial para la Paz. Y también que se haya definido en cierta medida los espacios territoriales donde pagarán las penas y que no pueden ser mayores a una vereda.
Pero luego indican que las restricciones previstas en el nuevo acuerdo aplicarían solo a los “periodos horarios” establecidos para la ejecución de los proyectos restaurativos. “No queda claro, sin embargo, qué restricciones enfrentarían los sancionados durante las horas y los días en los cuales no estén llevando a cabo estos proyectos”.
Subrayan, a su vez, que no se establece con precisión si el desplazamiento de las personas sancionadas estará limitado a su lugar de residencia.
Para HRW, es sumamente importante que la legislación de implementación aclare estas cuestiones.
¨Concretamente, para que las sanciones constituyan un castigo genuino, la legislación debería indicar de manera explícita y clara que mientras no estén cumpliendo con los proyectos restaurativos los sancionados quedarán sujetos a un régimen en el cual sus desplazamientos estarán limitados al “lugar de residencia” fijado por el tribunal, salvo por circunstancias muy limitadas y excepcionales. Además, es críticamente importante que la legislación de implementación establezca que los “lugares de residencia” deben tener límites claros, obligatorios y protegidos¨, afirman en la carta.
En cuanto a la participación en política de los líderes de las Farc, la ONG insiste en que no se les debería otorgar este derecho hasta que no hayan cumplido con la pena establecida.
Pero ofrecen una alternativa frente a este punto, que también ha sido cuestionado por otros opositores del acuerdo: la legislación de implementación –dice la carta– podría establecer que el tiempo que los sancionados empleen participando en política o ejerciendo cargos públicos no será descontado del plazo o de las condiciones de cumplimiento de las sanciones impuestas por la jurisdicción especial.
¨Una vez más, deseamos extenderle nuestras felicitaciones por los avances logrados para alcanzar la paz en Colombia. Creemos que el nuevo acuerdo es mejor que el original en los aspectos mencionados, pero que aún deben tomarse importantes medidas adicionales… Si la legislación de implementación aborda los aspectos mencionados –sobre responsabilidad del mando, restricciones de libertades y derechos, y participación política– Colombia habrá creado un mecanismo que puede ofrecerle un mínimo de justicia a las víctimas de abusos cometidos por las Farc¨, afirma Vivanco a manera de conclusión.
Con información de El Tiempo