La fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, afirmó que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) no tiene competencia para disolver la Asamblea Nacional (AN) , pero añadió que no se puede aplicar un juicio político contra el presidente, pues ese concepto no existe en la Constitución Nacional.
Stephanie Lozada Madriz/ El Político
“La constitución también establece las causales de la disolución de la Asamblea Aacional. La única causa remite al artículo 240. Cuando el Parlamento solicita moción de censura en tres ocasiones al vicepresidente de la República”, afirmó en una entrevista en un canal venezolano.
Según el artículo 240 de la Constitución establece que la Asamblea Nacional se puede disolver cuando hay un voto de censura contra el vicepresidente.
“El único organismo que puede solicitar una investigación al presidente es el Ministerio Público y no lo puede hacer cualquier fiscal, solo el fiscal general. El juicio debe presentarse ante la sala plena del Tribunal Supremo de Justicia. Ahí el tribunal solicita autorización de la Asamblea Nacional, pero no puede intervenir antes”, agregó.
Con información de Actualidad Venezuela