El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó que los extranjeros con más de 10 años residenciados en Venezuela solo votarán por Consejos Legislativos.
El Político
De acuerdo con lo establecido en el artículo 64 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, los extranjeros que cuentan con más de 10 años de residencia en el país, una vez que cumplan la mayoría de edad, tienen el derecho a participar en elecciones parroquiales, municipales y estadales, siempre y cuando, no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política.
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18 millones 923 mil 49 es la cantidad de ciudadanos que están convocados el 20 de mayo para escoger a los miembros de los Consejos Legislativos, dentro de los mismos, están incluidos los extranjeros que viven desde hace más de 10 años en Venezuela y que están inscritos en el Registro Electoral, lo que quiere decir, que en la escogencia del Presidente de la República no están incluidos, según lo establecido en la Carta Magna.
Fuente: Últimas Noticias