La ley que acaba de sancionar Juan Manuel Santos crea un marco regulatorio que permite el acceso seguro e informado al uso médico y científico de la planta de la marihuana y sus derivados.
De esta manera se reglamenta “la producción, adquisición, importación o exportación, almacenamiento, transporte, comercialización, uso y posesión de las semillas de la planta de cannabis, sus derivados y los productos que lo contengan, con fines medicinales y científicos”.
Dentro de los productos derivados se encuentran cremas, pastillas y jarabes, entre otros artículos, con los que se tratan diferentes enfermedades.
La nueva norma también consagra que el Estado “deberá diseñar los mecanismos mediante los cuales se implementarán las iniciativas económicas de producción, transformación y distribución de productos derivados de la planta que desarrollen las comunidades campesinas y los pueblos y comunidades indígenas con fines medicinales y científicos”.
Esta nueva normativa señala que los ministerios de Justicia, de Salud y de Agricultura, conjuntamente, reglamentarán el otorgamiento de las licencias para la producción y comercialización de los productos medicinales a base de marihuana.
Las personas a las cuales se les otorgue la licencia deberán someterse a seguimiento y control por parte de Minsalud y Minjusticia. Para que se haga efectivo ese proceso, el interesado deberá pagar por este servicio.
Cabe aclarar que en esta ley no se habla de la legalización o del uso recreativo de la marihuana, sino de su uso con fines médicos para pacientes con enfermedades graves o terminales.
Por otro lado, Santos también sancionó otras normas relacionadas con los costos financieros y la que otorga primas a las empleadas domésticas.