La Sala Plena de la Corte Constitucional acabó con la última posibilidad que tenía la reforma al equilibrio de poderes de quedar en pie. Lo hizo al resolver una demanda presentada por el exfiscal Eduardo Montealegre en contra del tribunal que se creó en el acto legislativo para investigar a los 78 funcionarios que tienen fuero: la Comisión de Aforados.
La reforma era, según Juan Fernando Cristo, ministro del Interior, y Yesid Reyes, exministro de Justicia, una iniciativa propuesta por el propio Gobierno para mejorar los procesos de investigación y juzgamiento que han sido prácticamente nulos en la Comisión de Acusación, el tribunal que desde hace más de un siglo se encarga de investigar a los aforados: el presidente, fiscal y magistrados de las altas cortes.
¿Qué pasaría si la Corte tumba el Tribunal de Aforados?
Sobre la urgencia de cambiar la manera en que se estaba realizando esa tarea se refirió en varias ocasiones la Representante a la Cámara, Angélica Lozano, quien asegura que el diseño del tribunal actual es el que no permite un trabajo efectivo y recuerda que desde su creación en la época republicana, solo dos personas han sido acusadas formalmente: Gustavo Rojas Pinilla y recientemente, el magistrado Jorge Pretelt.
Para la Corte Constitucional, la Comisión de Aforados tuvo dos problemas que hoy le cuestan su existencia. Por un lado, el trámite del acto legislativo en el Congreso no cumplió con las reglas establecidas. El vicio estuvo en que durante los debates no se respetó el principio de unidad de materia que dice que los artículos no pueden cambiar su esencia mientras son discutidos en el Senado y en la Cámara.
De acuerdo con el proyecto de fallo presentado por el magistrado Alejandro Linares, el Congreso añadió, en los ocho debates, modificaciones sustanciales en lo que en su principio había propuesto el Gobierno.
En segundo lugar, la Corte dijo que había otro error en la reforma al equilibrio de poderes pues los artículos con los que de creó y reglamentó la Comisión de Aforados sustituyeron principios fundamentales de la Constitución Política.
“La Corte encuentra que existen razones constitucionales poderosas para declarar la inconstitucionalidad consecuencial de todo el régimen de investigación, acusación y juzgamiento establecido en el Acto Legislativo 02 de 2015”, dice el proyecto de fallo Linares. Las razones para llegar a esta conclusión las enumera en tres puntos: se estableció un nuevo órgano, el proceso investigativo para el Presidente no quedó igual para el Fiscal General y los magistrados de las altas Cortes, y se reasignaron competencias en materia de investigación, acusación y juzgamiento", dice el proyecto de fallo conocido por El Espectador.
Con una votación de 8 contra 0 la reforma al equilibrio de poderes queda totalmente sepultada. Mientras que el Gobierno y las fuerzas que apoyaron la iniciativa deciden cómo proceder para que en Colombia exista un tribunal de verdaderamente investigue a los aforados, será la Comisión de Acusación la que seguirá con la tarea de hacerlo.
Vía El Espectador