“Cualquiera que utilice fondos que no hayan sido aprobados por la Asamblea Nacional (AN) para pagar cualquier gasto público incurre en un delito grave de corrupción, tarde o temprano podrá conocerse la responsabilidad del presidente y de los ministros que ejecuten ese presupuesto”, sentenció Román Duque Corredor, ex magistrado del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en exclusiva a El Nacional Web.
Tareck El Aissami, vicepresidente de la República, presentó el Presupuesto de la Nación y Endeudamiento Público para 2018 ante la asamblea nacional constituyente (ANC) y no ante el Parlamento, como lo establece la Carta Magna.
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Corredor se pronunció a propósito de la aprobación del Presupuesto Nacional. Por segundo año consecutivo no es el Parlamento quien lo aprueba, en 2016 fue el TSJ y este año la constituyente.
Manuel De Pablos Barboza, abogado constitucionalista y profesor universitario, dijo a El Nacional Web que la constituyente no está facultada para aprobar el Presupuesto Anual; por lo tanto, dicha aprobación y las acciones siguientes se convierten en actos nulos.
El Presupuesto está estimado en 36 billones de bolívares, del cual destinarán solo 5,5% al sector salud y 22,5% a la educación.
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ANC sin facultades
El único organismo facultado para aprobar el Presupuesto de la Nación es la AN, potestad establecida en el artículo 313 de la Constitución de 1999, argumentó Duque Corredor.
“El Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional, para su sanción legal, un marco plurianual para la formulación presupuestaria que establezca los límites máximos de gasto y endeudamiento que hayan de contemplarse en los presupuestos nacionales”, se lee en el artículo de la Carta Magna.
El ex magistrado venezolano señaló que la ANC no está facultada por los venezolanos para aprobar leyes ni presupuestos. La función del ente legislador oficialista sería exclusivamente redactar una nueva constitución.
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“Esto no puede llamarse democracia ni mucho menos Estado de derecho. Esto lo que hace es evidenciar que en Venezuela hay un gobierno de facto ejercido por la constituyente”, aseveró el abogado.
Desde 2016 han aprobado dos presupuestos sin la autorización de la AN, por lo que la distribución de capital es ilegal, aseguró Barboza.
El 14 de octubre Aristóbulo Istúriz, quien entonces era el vicepresidente de la República, presentó el Presupuesto de la Nación ante la Sala Constitucional del TSJ. En ese entonces el funcionario argumentó el supuesto desacato en el que se encontraba el Parlamento.
Los presupuestos aprobados desde 2016 son ilegales, pues fueron aprobados por entes diferentes a la AN, coincidieron los juristas. Si bien la función de la constituyente es crear un nuevo ordenamiento jurídico, la Constitución aún se mantiene vigente.
Vía: El Nacional
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