La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) exigió a la banca nacional la transmisión diaria de los saldos, por tipo de instrumentos (cuentas de ahorros, cuentas corrientes y certificados a plazos, entre otros), de sus clientes, a partir del 1 de agosto próximo.
Esa información debe ir acompañada por los nombres de los titulares, sus cédulas de identidad y direcciones.
Según Sudeban, el objetivo del suministro de la data es “reportar la información” a la cual el Fondo de Protección Social de los depósitos Bancarios (Fogade) “tendría acceso, única y exclusivamente cuando se determine una medida de intervención con cese de intermediación financiera o de liquidación administrativa y cumplir con lo previsto en el marco legal en materia de pagos de garantías de depositantes”.
La normativa que sustenta este requerimiento señala que “la información recibida reposará en formato encriptado” y que “sólo Fogade será el autorizado para manipular la data recibida”.
La Asociación Bancaria de Venezuela (ABV) pidió la reconsideración de la medida, pero la Sudeban, la ratificó.las instituciones este tipo de información, pero la medida no fue implementada.
La medida violaría el principio de privacidad consagrado en el artículo 60 de la Constitución Nacional como un derecho civil de todo ciudadano, así como la norma que establece el sigilo bancario, previsto en la legislación financiera, que únicamente permite divulgar esa información cuando una persona está siendo investigada por los órganos bancarios.
Con información de deInmediato