El gobierno colombiano aprobó, a través de un decreto, la habilitación de la Banca Abierta.
El Político
La decisión fue informada por la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF) del Ministerio de Hacienda.
El documento tiene como objetivo precisar las normas aplicables a la transferencia de datos del consumidor entre entidades financieras.
También fomentar el acceso a dicha información en favor del desarrollo de nuevos servicios y funcionalidades financieras y aclarar las reglas bajo las cuales las entidades pueden comercializar sus servicios financieros a través de plataformas electrónicas, entre otros.
Comercializar datos personales
La nueva regulación permite la comercialización de datos personales de los clientes, siempre que sean autorizados por ellos.
Además, habilita a las entidades financieras a ofrecer para su comercialización en canales no presenciales productos o servicios de terceros y a comercializar a terceros tecnología e infraestructura que utilice para la prestación de sus servicios.
Asimismo, se incluye regulación para la actividad de iniciación de pagos.
El organismo de control, la Superintendencia de Bancos tiene un plazo de 12 meses para establecer los estándares tecnológicos, de seguridad y otros para el desarrollo de la arquitectura financiera abierta.
Después de Mexico y Brasil, Colombia es el tercer país de Latinoamérica que implementa la regulación de la banca abierta.
La ley fintech de Chile también incluye las finanzas abiertas. Esta se encuentra en segundo trámite constitucional en la comisión de hacienda del Senado.