La Dirección General de Contrainteligencia Militar mantiene detenida de manera arbitraria desde el pasado martes 19 de noviembre a Ana Belén Tovar, Gerente de Operaciones del medio digital venezolana Entorno Inteligente.
Por Redacción MiamiDiario
El pasado martes 19 de noviembre en Caracas se practicó un allanamiento en la sede del medio digital Entorno Inteligente y Venmedios. Durante el operativo fue detenida por funcionarios de la Dirección de Contrainteligencia Militar (Dgcim) Ana Belén Tovar, Gerente de Operaciones de Venmedios.
Ana Belén Tovar fue trasladada a la sede de la Dgcim y hasta este viernes 22 de noviembre en horas del mediodía, no ha sido presentada ante ningún tribunal. Hasta el momento sus abogados desconocen las causas por las cuales sigue detenida en la sede de la Dgcim y no le permiten verla.
Se rumora que podría ser procesada penalmente por supuesta obstrucción de la justicia, pero hasta los momentos no se ha dicho de manera oficial las razones de su aprehensión.
En Venezuela luego de que transcurren 48 horas desde que se practica una detención, si la persona no es presentada en los tribunales, esta aprehensión se considera arbitraria. Ese es el caso de Ana Belén Tovar, Gerente de Operaciones del medio digital Entorno Inteligente, quien continúa incomunicada en la sede de la Dgcim.
De acuerdo al reporte de los medios locales Tovar no ha tenido ningún tipo de contacto con sus familiares o abogados desde su detención.
Tal y como da cuenta en un artículo publicado por la Organización No Gubernamental Espacio Público, en este caso se vulnera uno de los principios fundamentales del Proceso Penal Venezolano, que es el de garantizar el Estado de Libertad. En el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) se establece:
“Las disposiciones de este Código que autorizan preventivamente la privación o restricción de la libertad o de otros derechos del imputado, o su ejercicio, tienen carácter excepcional, sólo podrán ser interpretadas restrictivamente, y su aplicación debe ser proporcional a la pena o medida de seguridad que pueda ser impuesta”,
Asimismo, el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) establece que:
“La libertad personal es inviolable, en consecuencia: 1. Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso. La constitución de caución exigida por la ley para conceder la libertad del detenido no causará impuesto alguno”.
Varias organizaciones civiles y dedicadas al tema de los Derechos Humanos han exigido la liberación inmediata de Ana Belén Tovar.
Espacio Público asegura que el Estado debe respetar el debido proceso de Tovar y de todos sus ciudadanos. Adicionalmente han condenado la detención de los periodistas de Caraota Digital y VPI presentes en el allanamiento.
Considera además que al impedirles comunicar lo sucedido se vulneró también el derecho del conjunto de la sociedad a estar informada. Esta violación a la libertad de expresión se suma a los 101 detenciones/retenciones registradas por Espacio Público entre enero y octubre de 2019.
Acciones Legales
Al cumplirse el plazo de Ley y no tener noticias de Ana Belén, Espacio Público introdujo un recurso legal en el que se exige al Estado venezolano de respuestas sobre su situación.
Vea el documento en el artículo reseñado por Espacio Público pulsando acá.
Tomado de MiamiDiario